Subvenciones comercio local subvención comercio local

El Ayuntamiento de Beniel, a través de la concejalía de Empleo y Formación, abre una nueva convocatoria de subvenciones municipales para el comercio y la hostelería local. Enmarcadas en el subprograma 4 de Emplea Beniel, el plazo para la presentación de solicitudes comienza el 10 de septiembre y finaliza el 7 de octubre de 2024. 

El objetivo del programa es colaborar en la mejora de la competitividad de los comercios minoristas y hostelería y la formación e innovación de los mismos. Serán subvencionables aquellos gastos de inversión ejecutados entre 9 de noviembre de 2023 y el 7 de octubre de 2024.

Subvenciones municipales comercio y hostelería 
  • Línea A: Obras de ampliación, transformación o nueva implantación de establecimientos comerciales, en especial reformas realizadas para eliminación de barreras arquitectónicas que faciliten el acceso a las personas con movilidad reducida. Importe máximo subvencionable del 50% con un máximo de 2.000,00€
  • Línea B: Adquisición de equipamiento y mobiliario especializado que sea necesario para el desarrollo de la actividad comercial y en especial para la exposición de los productos. Importe máximo subvencionable del 50% con un máximo de 1.000,00€
  • Línea C: Adquisición de equipamiento informático que sean de uso exclusivo para el establecimiento, tanto hardware como software, dirigidos a la implantación y mejora del comercio electrónico y en el uso de TPV. Importe máximo subvencionable del 50% de la inversión con un máximo 1.000,00€.
  • Línea D: Gastos derivados de formación de los comerciantes o su persona en materias de escaparatismo, marketing, innovación comercial o nuevas tecnologías de la información aplicadas al comercio siempre que sea impartido por organismo oficial o entidad de acreditada experiencia, incluidos los gastos de desplazamiento para la cción formativa. Importe máximo subvencionable del 80% de la inversión con un máximo de 300,00€

Únicamente puede solicitarse una línea de ayuda. Las solicitudes de ayuda se formalizarán mediante la presentación de los anexos XI y XII junto:

  • Documento acreditativo de identificación fiscal.
  • Declaración jurada del solicitante.
  • Datos acreditativos por la entidad bancaria del número de cuenta del beneficiario en la que se deba hacer el ingreso de subvención.
  • Justificantes acreditativos de la inversión realizada, facturas, memorias y demás documentación pertinente.
  • Ficha de terceros.
  • Certificado de la situación censal en el IAE emitido por AEAT.
  • Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias con la AEAT.
  • Certificado de estar al corriente de obligaciones con la Seguridad Social.
  • El Ayuntamiento podrá recabar la aportación adicional de documentación adicional.

Para poder acceder a esta subvención para el comercio o la hostelería la actividad se debe desarrollar en Beniel. La actividad comercial debe estar incluida dentro de las agrupaciones profesionales del grupo 64, 65 y 67 en el Impuesto de Actividades Económicas que se detallan en el anexo A de las presentes Bases Reguladoras. Que no estén incluidos en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Dónde solicitarla o ampliar información?

Las subvenciones al comercio y la hostelería se solicitarán preferiblemente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Beniel. También en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro del Ayuntamiento, de lunes a viernes, en horario de 8 a 14 horas, previa cita que puede solicitar vía web (click aquí para solicitar cita). Para más información y orientación en la solicitud se puede acudir presencialmente en la primera planta del Centro Social “Villa de Beniel” previa cita al teléfono 968 600 587 y/o contactar con la dirección de correo electrónico adl@beniel.es

Bases y anexos

EDICTO CONVOCATORIA DEL SUBPROGRAMA 4 – APOYO AL COMERCIO Y LA HOSTELERÍA

BASES REGULADORAS SUBPROGRAMA 4 – APOYO AL COMERCIO Y LA HOSTELERÍA LOCAL

ANEXO XI – SOLICITUD DE SUBVENCIÓNES COMERCIO Y HOSTELERÍA LOCAL

ANEXO XII – DECLARACIÓN RESPONSABLE SUBVENCIÓNES MUNICIPALES AL COMERCIO Y LA HOSTELERÍA LOCAL

ANEXO – FICHA DE TERCEROS

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