El Ayuntamiento de Beniel, tras acuerdo por unanimidad de todos los grupos representados en el Pleno, aprobó el pasado 16 de enero la ordenanza municipal que regula la circulación de vehículos de movilidad personal. El objetivo es compatibilizar la coexistencia de este tipo de transportes, como patinetes, con el uso peatonal de las calles.
De esta forma se consigue una movilidad más amable, eficiente y sostenible para el entorno urbano. Esta legislación, tras su aprobación, entrará en vigor de forma definitiva en abril. La ordenanza municipal recoge sanciones en el caso del incumplimiento de la misma.
NORMATIVA VMP – PATINETES
- Los vehículos adquiridos a partir del 22 de enero de 2024 deberán contar con certificado para la circulación y manual de características. Los modelos anteriores deben contar con una placa de homologación europea, que se suele ubicar por debajo del patinete o en un lateral, que es lo que certifica su uso seguro.
- La edad mínima permitida para circular es de 15 años.
- Tienen una capacidad máxima de una persona.
- No se puede utilizar para transportar animales.
- Deben contar con sistemas de frenado, avisador acústico, luces delanteras y traseras.
- El uso de chaleco reflectante es obligatorio para circular de noche.
- Se aconseja utilizar casco.
- Su uso estará prohibido en aceras, paseos y demás zonas destinadas al uso de peatones.
- Cuando se comparta espacios con peatones, se deberá respetar una distancia mínima de un metro con estos.
- Prohibido circular a más de 25 km/h.
- Prohibido conducir bajos los efectos de bebidas alcohólicas o similares.
- Prohibido agarrarse a vehículos para ser remolcados.
- Prohibido realizar competiciones.
- Prohibido hacer uso del teléfono.
Proyecto Definitivo Ordenanza – Vehículos Movilidad Personal